Juzgado de lo Mercantil Núm. 1
AUTOS.-811/2010
PROCEDIMIENTO.-Convocatoria Judicial de Junta.
Auto 507/10.
En Sevilla a 26 de octubre de 2010.
Solicitada por PLATAFORMA DE SINDICACIÓN POR NUESTRO BETIS (Asociación de béticos de base).
"Acuerdo convocar Junta General extraordinaria de socios de la entidad REAL BETIS BALOMPIÉ S.A.D., señalándose para su celebración el próximo día 13 de diciembre de 2010 a las 20 horas, en primera convocatoria, y al día siguiente, a la misma hora, si fuera necesario, en segunda convocatoria, Junta que se celebrará en el Hotel Al-Andalus, sito en Sevilla, Avenida de la Palmera S/nº, bajo la Presidencia de Don Antonio Jesús González Díaz, y actuando como Secretaria, Doña Carmen Zambrano Almero, y con el siguiente orden del día:
1º Información y puesta a disposición de los accionistas de la información semestral remitida al Consejo Superior de Deportes relativa al ejercicio actual, que incluye los estados financieros intermedios, la información sobre las posibles transacciones de la sociedad con sus administradores, directivos y accionistas significativos, y el informe especial de auditores sobre el seguimiento de las salvedades del informe de auditoría del ejercicio anterior.
2º Posicionamiento del Consejo de Adminstración del Real Betis Balompié, S.A.D., en atención a lo dispuesto en el Art. 27º de los vigentes estatutos sociales de la sociedad, en referencia a que si de la instrucción judicial abierta en el Juzgado de Instrucción Nº 6 de Sevilla contra D. Manuel Ruiz de Lopera y Avalos, y otros, por los presuntos delitos de delito societario y de apropiación indebida, se dedujesen posibles actuaciones gravosas de este administrador para el Real Betis Balompié, S.A.D., si dicho Consejo de Administración de la sociedad se personaría en dicho procedimiento en defensa de los intereses de la Sociedad y el de sus accionistas.
3º Liquidación y disolución de la sociedad Patrimonial Real Betis, S.L., y absorción íntegra de su patrimonio por la sociedad matriz Real Betis Balompié, S.A.D.
4º Propuesta de cese del Director de Comunicaciones del Real Betis Balompié, S.A.D.
5º Modificación del Artículo 5º de los Estatutos Sociales del Real Betis Balompié, S.A.D para eliminar los dos últimos párrafos, modificados en el año 2004, que contravienen la Ley SA y resultan lesivos para los accionistas minoritarios.
6º Modificación del Artículo 21 de los Estatutos Sociales del Real Betis Balompié S.A.D. para la limitación del máximo de votos por accionista, o grupo de accionistas, en la Junta General para favorecer la pluralidad en la deliberación y adopción de acuerdos.
7º Modificación del Artículo 16 de los Estatutos Sociales del Real Betis Balompié S.A.D. para que accionistas con 5 acciones o más puedan asistir de pleno derecho a las Juntas de Accionistas.
8º Modificación del Artículo 24 de los Estatutos Sociales del Real Betis Balompié S.A.D. para que los socios abonados y Peñas Béticas puedan tener representación en el Consejo de Administración.
9º Modificación del Artículo 25 de los Estatutos del Real Betis Balompié S.A.D. para no permitir que puedan ser administradores de la sociedad aquellos que tengan antecedes penales por delitos dolosos.
10º Modificación del Artículo 28.5 de los Estatutos del Real Betis Balompié S.A.D. para adaptarlo a su redacción original.
11º Modificación del Artículo Nº 40 de los Estatutos del Real Betis Balompié S.A.D. para actualizarlo y adecuarlo a la legislación vigente.
12º Inclusión de un nuevo artículo en los Estatutos del Real Betis Balompié S.A.D., con el nº 29.
13º Inclusión de un nuevo artículo en los Estatutos del Real Betis Balompié S.A.D. con el nº 30.
14º Modificaciones de la numeración de diversos artículos de los Estatutos sociales.
15º Cese del actual Consejo de Administración; elección de uno que responda a las modificaciones aprobadas y a las necedidades de democratización y de profesionalización de la gestión de la Sociedad, haciendo más participativa la misma, para intentar dar soluciones a la situación de crisis social, institucional, deportiva y económica del Real Betis Balompié, S.A.D.
Así lo acuerda, manda y firma, DON EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ, Magistrado del Juzgado de lo Mercantil de esta ciudad y su provincia, de lo que doy fe."
AUTOS.-811/2010
PROCEDIMIENTO.-Convocatoria Judicial de Junta.
Auto 507/10.
En Sevilla a 26 de octubre de 2010.
Solicitada por PLATAFORMA DE SINDICACIÓN POR NUESTRO BETIS (Asociación de béticos de base).
"Acuerdo convocar Junta General extraordinaria de socios de la entidad REAL BETIS BALOMPIÉ S.A.D., señalándose para su celebración el próximo día 13 de diciembre de 2010 a las 20 horas, en primera convocatoria, y al día siguiente, a la misma hora, si fuera necesario, en segunda convocatoria, Junta que se celebrará en el Hotel Al-Andalus, sito en Sevilla, Avenida de la Palmera S/nº, bajo la Presidencia de Don Antonio Jesús González Díaz, y actuando como Secretaria, Doña Carmen Zambrano Almero, y con el siguiente orden del día:
1º Información y puesta a disposición de los accionistas de la información semestral remitida al Consejo Superior de Deportes relativa al ejercicio actual, que incluye los estados financieros intermedios, la información sobre las posibles transacciones de la sociedad con sus administradores, directivos y accionistas significativos, y el informe especial de auditores sobre el seguimiento de las salvedades del informe de auditoría del ejercicio anterior.
2º Posicionamiento del Consejo de Adminstración del Real Betis Balompié, S.A.D., en atención a lo dispuesto en el Art. 27º de los vigentes estatutos sociales de la sociedad, en referencia a que si de la instrucción judicial abierta en el Juzgado de Instrucción Nº 6 de Sevilla contra D. Manuel Ruiz de Lopera y Avalos, y otros, por los presuntos delitos de delito societario y de apropiación indebida, se dedujesen posibles actuaciones gravosas de este administrador para el Real Betis Balompié, S.A.D., si dicho Consejo de Administración de la sociedad se personaría en dicho procedimiento en defensa de los intereses de la Sociedad y el de sus accionistas.
3º Liquidación y disolución de la sociedad Patrimonial Real Betis, S.L., y absorción íntegra de su patrimonio por la sociedad matriz Real Betis Balompié, S.A.D.
4º Propuesta de cese del Director de Comunicaciones del Real Betis Balompié, S.A.D.
5º Modificación del Artículo 5º de los Estatutos Sociales del Real Betis Balompié, S.A.D para eliminar los dos últimos párrafos, modificados en el año 2004, que contravienen la Ley SA y resultan lesivos para los accionistas minoritarios.
6º Modificación del Artículo 21 de los Estatutos Sociales del Real Betis Balompié S.A.D. para la limitación del máximo de votos por accionista, o grupo de accionistas, en la Junta General para favorecer la pluralidad en la deliberación y adopción de acuerdos.
7º Modificación del Artículo 16 de los Estatutos Sociales del Real Betis Balompié S.A.D. para que accionistas con 5 acciones o más puedan asistir de pleno derecho a las Juntas de Accionistas.
8º Modificación del Artículo 24 de los Estatutos Sociales del Real Betis Balompié S.A.D. para que los socios abonados y Peñas Béticas puedan tener representación en el Consejo de Administración.
9º Modificación del Artículo 25 de los Estatutos del Real Betis Balompié S.A.D. para no permitir que puedan ser administradores de la sociedad aquellos que tengan antecedes penales por delitos dolosos.
10º Modificación del Artículo 28.5 de los Estatutos del Real Betis Balompié S.A.D. para adaptarlo a su redacción original.
11º Modificación del Artículo Nº 40 de los Estatutos del Real Betis Balompié S.A.D. para actualizarlo y adecuarlo a la legislación vigente.
12º Inclusión de un nuevo artículo en los Estatutos del Real Betis Balompié S.A.D., con el nº 29.
13º Inclusión de un nuevo artículo en los Estatutos del Real Betis Balompié S.A.D. con el nº 30.
14º Modificaciones de la numeración de diversos artículos de los Estatutos sociales.
15º Cese del actual Consejo de Administración; elección de uno que responda a las modificaciones aprobadas y a las necedidades de democratización y de profesionalización de la gestión de la Sociedad, haciendo más participativa la misma, para intentar dar soluciones a la situación de crisis social, institucional, deportiva y económica del Real Betis Balompié, S.A.D.
Así lo acuerda, manda y firma, DON EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ, Magistrado del Juzgado de lo Mercantil de esta ciudad y su provincia, de lo que doy fe."